La necesidad de renovar los contratos en caso de que se especifiquen días de vacaciones en el lenguaje del contrato. En otras palabras, esto se aplica a los contratos que han incluido en su redacción “desde el primer año el trabajador disfrutará de seis días de vacaciones”.
Si el contrato contiene la frase “de conformidad con el artículo 76 de la LFT”, sin mencionar los días, no será necesario incluir la adenda porque se entenderá que, en caso de modificación del artículo, la mera mención será suficiente.
Esto quiere decir que solamente será necesario hacer un nuevo contrato si el actual contrato contiene la especificación de los seis días de vacaciones que anteriormente eran los establecidos por la reforma LFT.
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