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16 marzo, 2023

El SAT se demora en habilitar la declaración anual 2022 (personas fisicas)

El SAT se demora en habilitar la declaración anual 2022 (personas físicas)

A pesar de que en la página del SAT se pueda acceder a la sección de las declaraciones, aún no se habilita la opción de presentar la anual del 2022.

Para los contribuyentes, tienen hasta el último día de abril para presentar la declaración anual de personas físicas al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Según comentarios de la consultora de Fiscalía, para el año pasado 2021, la plataforma del SAT hizo la actualización para presentar la declaración anual para las personas físicas a mediados del mes de marzo.

A diferencia de este año que estamos a mediados de marzo y aún no está disponible.

Fiscalía explicó, al ingresar y seleccionar el ejercicio 2022, aparece un mensaje alertando que dice: “se entiende que deseas presentar una declaración anticipada por fallecimiento del contribuyente.” Un mensaje bastante extraño poniéndolo en contexto

Aún no se sabe la fecha exacta de cuando estará disponible la opción de presentar la declaración anual del 2022 para las personas físicas.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?

Si eres una persona física debes tener en cuenta que estás obligado a presentar la declaración anual si tienes ingresos, entre otras cosas por los siguientes conceptos:

 

  • Sueldos, salarios y asimilados. Artículo 98, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
  • Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios). Artículos 109, 110, fracción VI, 113-A de la Ley del ISR.
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras. Artículo 74, fracción III, párrafo primero, fracción II, párrafo séptimo de la Ley del ISR.
  • Artículo 118, fracción IV de la Ley del ISR.
  • Enajenación de bienes. Artículo 120, fracción III, inciso a de la Ley del ISR.
  • Enajenación de acciones en bolsa de valores. Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Adquisición de bienes. Artículos 130 y 131 de la Ley del ISR.
  • Artículo 136, fracción II de la Ley del ISR.
  • Artículos 138, último párrafo y 90, párrafo segundo de la Ley del ISR.
  • Artículo 140 de la Ley del ISR.
  • Demás ingresos. Artículo 145 de la Ley del ISR.
  • ISR por ingresos de Regímenes Fiscales Preferentes. Artículo 177, párrafo segundo de la Ley del ISR.
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con Coeficiente de Utilidad. Artículo 111, último párrafo, de la Ley del ISR.

– Con información de Fiscalia.

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