Se encuentra en Blog
2 abril, 2022

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (SAS)

¿QUE ES UNA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (SAS)?

Una Sociedad por Acciones Simplificada, es un tipo de sociedad mercantil que a partir de una persona física o más puede constituir una empresa a través de medios electrónicos, sin la intervención de un fedatario público.

Requisitos para constituir una SAS:

  • Firma electrónica (e.firma) de todos los accionistas
  • No es obligatorio que sean más de dos accionistas, puede ser un único accionista.
  • Que alguno de los accionistas cuente con la autorización de la denominación de la sociedad que se obtiene en línea.
  • Ingresos anuales que no excedan los 5 millones de pesos
  • En ningún caso, los accionistas podrán ser simultáneamente accionistas con toma de decisión de otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, mayoría accionaria, etc.)

Esta iniciativa tiene como objetivos, eliminar la informalidad, simplificar el proceso de constitución para micro y pequeñas empresas, crear un nuevo régimen societario constituido por uno o más accionistas (personas físicas), establecer un proceso de constitución administrativa con todos los efectos legales, y fomentar el crecimiento de estas empresas para que, en lo futuro, adopten formas más sofisticadas de operación y administración.

Obligaciones de una SAS:

A. Difundir en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles

Los contratos celebrados entre el accionista único y la Sociedad

El Aviso cuando se haya suscrito y pagado la totalidad del capital social

La Convocatoria de Asamblea de Accionistas

El Informe anual sobre la situación financiera de la Sociedad

El Aviso sobre las inscripciones que se realicen en el libro de registro de acciones del aumento o disminución del capital social variable

B. Todas las acciones deberán pagarse en el plazo establecido por los accionistas, en menos de un año
C.  Llevar el libro del registro de acciones de la Sociedad
D.    Cambiar de tipo de Sociedad una vez que se rebase el monto de ingreso anual de 5 millones de pesos.

 

Cuenta Bancaria para las SAS:

Actualmente las instituciones financieras facilitan a los emprendedores del país la apertura de una cuenta bancaria en línea a quienes deseen constituirse bajo el régimen de Sociedad por Acciones Simplificas.

A través de la autorización expresa por parte del representante legal de la SAS, se puede compartir bajo un esquema seguro, información del proceso de constitución de una SAS a efecto de que dicha información facilite su proceso de apertura de cuenta.

Objetivos de apertura de una cuenta:

Que los emprendedores, a través de su consentimiento, estén en posibilidad de abrir su cuenta bancaria.

Facilitar a los emprendedores su operación mediante el aprovechamiento de las tecnologías en pro de esquemas seguros y sencillos.

Consolidar a las empresas mediante la simplificación de trámites asociados a su vida corporativa.

Beneficios:

Rapidez: Es un trámite que no requiere de acudir a ninguna oficina y desde cualquier dispositivo electrónico.

Simplificación: No genera gastos adicionales en la constitución de la sociedad al no requerir trámite ante fedatario.

Unipersonal: Es el único régimen que permite constituir una sociedad a partir de una persona física.

Formalidad: Permite acceder a esquemas de financiamiento, de seguridad social, entre otros.

Crecimiento: Permite que las empresas permanezcan y crezcan, generando más empleos.

 

EN RCA DESPACHO TE AYUDAMOS CON TU TRAMITE DE SAS.

PODRAS CONTACTARNOS EN:

http://rcadespacho.com/miguel-ruelas/

 

Noticias Relacionadas