La SCJN opina que aún hay asuntos pendientes relacionados con este tema. Según la normativa, el tribunal tiene la opción de posponer la decisión sobre los amparos si necesita esperar el resultado de otros casos similares.
Dado que hay diferentes interpretaciones sobre el “retorno virtual” de productos, la SCJN decidió pausar temporalmente los amparos existentes hasta que se establezca un criterio claro. En otras palabras, los casos estarán detenidos hasta que la SCJN tome una decisión final sobre este tema.
El desacuerdo se centra en cómo se llevan a cabo las operaciones virtuales IMMEX y el uso del pedimento “V5”, que permite registrar productos sin que realmente abandonen el país. Durante un largo tiempo, estas transacciones fueron vistas como “exportaciones virtuales”, lo que implicaba que no debían pagar IVA.
Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) argumenta que estas operaciones deben pagar impuestos dos veces:
En 2021, se quitó una regla que permitía a las empresas IMMEX contar como exportadas algunas mercancías sin que tuvieran que salir realmente del país. Al eliminar esta regla, el SAT pidió el pago del IVA en estas operaciones.
Ahora, la SCJN deberá analizar si este criterio es legal. Algunos puntos clave que evaluará son:
Mientras la SCJN estudia el caso, los amparos relacionados con este tema seguirán en pausa hasta nuevo aviso.
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