El 30 de octubre, la Secretaría de Hacienda publicó un decreto con beneficios fiscales para tratar de impulsar la reconstrucción y rehabilitación de Acapulco luego del paso del huracán “Otis”.
De acuerdo con Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, entre los beneficios hay algunos beneficios para facilitar las donaciones. l Servicio de Administración Tributaria (SAT) no considerará que son ingresos acumulables los apoyos que se reciban de donatarias o fundaciones, siempre y cuando estén destinados a la rehabilitación o reconstrucción de viviendas.
Donatarias que no tienen como fin apoyar en desastres naturales pueden ayudar
Además, la contadora indicó que las donatarias autorizadas que no tienen como fin apoyar en desastres naturales, van a poder apoyar sin tener que hacer alguna modificación ante el SAT.
Lo anterior se debe a que la autoridad fiscal considerará que están cumpliendo con los requisitos.
Posibilidad para deducir de manera inmediata la compra de activo fijo.
La integrante del Colegio de Contadores Públicos de México dijo que otro beneficio consiste en la posibilidad para personas físicas o morales de deducir de manera inmediata y al 100% la compra de bienes de activo fijo, nuevos o usados, para reconstruir, reponer o rehabilitar las zonas afectadas y sus bienes.
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