NO HAY INTERCAMBIO, EL AGUINALDO DEBE SER EN EFECTIVO ¡NO ACEPTES VALES NI NEGOCIACIONES!
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo dice que el aguinaldo es un pago anual que los empleadores deben dar a sus empleados antes del 20 de diciembre. Este pago debe hacerse en efectivo, sin excepciones, y no puede ser reemplazado por otros beneficios.
Algunos empleadores buscan alternativas como:
Estas prácticas no están permitidas por la ley. El aguinaldo no es negociable y su entrega en especie o bajo cualquier modalidad distinta al efectivo constituye una violación a los derechos laborales.
El aguinaldo debe ser al menos 15 días de salario, calculado a partir del salario diario del trabajador. Si no se ha trabajado un año completo, la cantidad se ajustará de manera proporcional. Es esencial que los trabajadores entiendan este cálculo para asegurarse de recibir lo que les corresponde. El aguinaldo no solo es una ayuda económica, sino también una muestra del compromiso legal que los empleadores tienen hacia sus empleados. Recibirlo en efectivo asegura que cada persona pueda usar este recurso según sus necesidades, ya sea para ahorrar, invertir o gastar en la temporada.
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