El 5 de julio de 2024, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230724/261.P.DIR. Se trata de un acuerdo por el que se aprobaron los Lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, contenidos en el Anexo Único, así como la relación de trámites y servicios disponibles y por ofrecerse en el Buzón IMSS.
Disposiciones generales:
Los usuarios recibirán un aviso previo de notificación, que también estará disponible en el Buzón IMSS. Tienen tres días hábiles para abrir los documentos; si no lo hacen, la notificación se considerará realizada al cuarto día hábil.
Aspectos de interés.
El Instituto a través del Buzón IMSS informará a las personas particulares sobre aspectos de interés en el apartado “Mis comunicados”. Asimismo, en el apartado “Mis documentos” las personas particulares podrán consultar documentos publicados por el Instituto para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
Sanciones.
El incumplimiento y el uso indebido del Buzón IMSS en las actuaciones o actos administrativos electrónicos, será sancionado conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Vigencia.
Las personas particulares tienen un plazo máximo de 180 días naturales desde el 6 de agosto de 2024, para habilitar el Buzón IMSS y firmar los ‘Términos y Condiciones’ correspondientes.
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