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20 julio, 2022

LAS MODALIDADES EN LAS QUE SAT PUEDE REQUERIR A LOS CONTRIBUYENTES.

El fisco cuenta con diversas maneras de requerir a los contribuyentes, como el buzón tributario, auditorías, visitas domiciliarias entre otros. El SAT, cuenta con diferentes modalidades para requerir información, datos o movimientos.

Omar Sandoval Ortega, abogado fiscalista y miembro de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, dijo a Reforma que el SAT cuenta con diferentes maneras de avisar y requerir a los contribuyentes, todo respaldado el Código Fiscal de la Federación. A continuación, te decimos cuáles son.

Las modalidades son las siguientes:

  • A través del Buzón Tributario, a partir del 2021 se incorporó la posibilidad de que la autoridad fiscal, además de notificar cualquier acto administrativo, también pueda enviar mensajes de interés ante algún incumplimiento de las obligaciones y avisa antes de que estos venzan.
  • Preparación para practicar una auditoría, el SAT puede solicitar de manera formal a los contribuyentes datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios para aclarar la información que viene en sus declaraciones, esto antes de que la autoridad decida hacer una auditoria.
  • El SAT exige directamente la información faltante, pues si el contribuyente no cumple el plazo, la autoridad procede a multar por cada obligación omitida.
  •  De manera más formal, el SAT puede solicitar informes y documentos para planear y programar una auditoría, por ejemplo, cuando algún Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) no coincide con lo timbrado.
  • Cuando la autoridad hace una solicitud de documentación, también conocida como revisión de gabinete, que consiste en notificar de manera personal en el domicilio fiscal del contribuyente o a través del buzón tributario, donde se indica que iniciará una auditoría con duración de 12 meses.
  • Por visita domiciliaria, se visita el domicilio del contribuyente para una revisión de la contabilidad, también con duración de 12 meses.
  • Por oficio de preliquidación, por ejemplo, cuando existe una omisión de contribuciones u irregularidades, el SAT procede a levantar este oficio donde le da un plazo al contribuyente de presentar las pruebas y pagar lo faltante.

De acuerdo con Carlos Mathelín,  los contribuyentes han reportado inconformidades por los requerimientos de información que está solicitando el fisco debido a que, según la dependencia, no cuenta con la información en su base de datos, sobre los enteros que hicieron los contribuyentes de 2018 a lo que lleva el 2022.

Causalmente, señala el especialista, esto con el inicio del actual sexenio, en el que solicitan aclarar los pagos omitidos por casi, los últimos cinco años, cuando existe desde esa fecha la entrega de la información electrónica de los pagos provisionales de IVA, ISR y retenciones de salarios y otros.

Lo anterior, señala, está ocasionando molestias para recopilar esa información de los pagos efectuados, referenciados con el banco, número de operación y llave de pago, además de escanearlos cada uno de ellos y formular el escrito correspondiente de aclaración por el portal del SAT, para aclararlos dentro del término legal, y esperar el acuse de recibo de la presentación de la información.

Elcontribuyente.mx

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