Desde la reforma laboral de 2021 está prohibida la subcontratación o subcontratación de personal. Sin embargo, se permite la subcontratación de servicios u obras especializadas fuera del objeto social y actividad económica principal del contratista.
El artículo 15 del Código Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas naturales o jurídicas que presten servicios profesionales o realicen labores profesionales deberán registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Este es el Registro de Prestadores de Servicios Profesionales y Obras Profesionales (REPSE).
Las personas naturales o jurídicas que presten servicios especializados o realicen trabajos especializados sin REPSE podrán ser sancionadas por defraudación fiscal. Pero la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (Amech) constató que continuaban las violaciones a la prohibición de subcontratar personal.
Amech dijo a Reforma que estas empresas utilizan esquemas tributarios como solución. Lo hicieron para que las empresas que habían utilizado servicios de subcontratación de personal ahora prohibidos pudieran seguir cosechando beneficios que implicaban la evasión y elusión de obligaciones entre trabajadores y empleadores.
Amech dijo que algunas empresas ofrecen este tipo de planes como alternativa al pago de los salarios de los trabajadores, ya que pueden retirar inmediatamente la cantidad donada para fines sociales.
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