Los saldos a favor se pueden generar al presentarse una declaración anual de impuesto sobre la renta, o en las provisionales como es el caso del IVA que se causa de forma mensual, así como los impuestos retenidos; y pagos indebidos de cualquier impuesto o derechos.
Su fundamento se encuentra en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y el Apartado 2.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal, todas vigentes.
¿Automática o Manual?
Las devoluciones pueden ser automáticas o manuales, dependiendo de cada una se solicitan una serie de requisitos. Existen algunos en general y otros que aplican de acuerdo al tipo de impuesto.
Para efectos de cálculos personales, el tope más alto de saldo a favor, que el SAT puede pagar a un trabajador, es la retención que realizó el empleador sobre el ISR
el Servicio de Administración Tributaria si estas registrado como Persona Física bajo el esquema de sueldos, salarios y asimilados, además de reportar tus ingresos y gastos, puedes recuperar dinero si es que tienes saldo a favor.
¿En cuanto tiempo te depositan tu saldo a favor?
El SAT analiza si tu devolución cumplió con todos los requisitos, en caso de que así sea, en tres días se te regresa tu saldo. Si por el contrario, tu dinero no se te devuelve dentro del plazo establecido, informa al SAT a través del Buzón Tributario
Acude con tu contador y pide asesoría para realizar tu tramite
Sí aún no has presentado tu declaración anual y tienes saldo a favor aún estás a tiempo de poder hacerlo y obtener el beneficio de devolución automática.