El Servicio de Administración Tributaria (SAT) le hizo llegar una carta invitación a un estudiante que no labora y en donde le hacen mención que le detectaron depósitos en efectivo de sus cuentas bancarias, los cuales provienen de una pensión alimenticia que le otorgan sus padres, dicha carta le menciona que regularice su situación fiscal presentando su declaración anual o aceptando la propuesta de pago que viene implícita. Derivado de dicha situación, al estudiante le surge la duda siguiente. ¿Estaría obligado a presentar la declaración anual del ejercicio en donde percibió dichos ingresos por pensión alimenticia?
No. Los ingresos que perciban las personas físicas por concepto de alimentos, cuando tengan el carácter de acreedores alimentarios, en términos de la legislación civil se encuentran exentos del pago del ISR, con base en ello no tiene la obligación de presentar la declaración.