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27 noviembre, 2024

¿ERES TRABAJADOR EN EL EXTRANJERO? APRENDE A EVITAR PAGAR IMPUESTOS DOBLES.

¿ERES TRABAJADOR EN EL EXTRANJERO? APRENDE A EVITAR PAGAR IMPUESTOS DOBLES.

El Artículo 90 de la Ley del ISR establece que los ingresos generados en el extranjero no están sujetos a pagos provisionales, excepto los salarios provenientes de un empleador extranjero. Esto implica que, aunque el trabajador sea sujeto de retención fiscal en el país del empleador, también debe cumplir con la obligación de pagos provisionales en México.
Si el trabajador califica, puede utilizar el Tratado para Evitar la Doble Tributación (TEDT) para disminuir su carga tributaria. Si el país donde se gana el ingreso tiene un acuerdo tributario con México que establece que el salario solo se grava en el país donde vive el empleado, este puede evitar pagar impuestos duplicados aprovechándose de esta disposición.

Para aplicar los beneficios del tratado, es necesario que el empleado y empleador extranjero coordinen sus acciones y cumplan con los requisitos de las leyes de ambos países.

Si el salario tiene retenciones en el extranjero y se produce una doble tributación temporal, el contribuyente puede incluir el ISR pagado en el extranjero en su declaración anual. El Criterio Normativo 5/ISR/N del SAT permite utilizar este crédito antes de hacer los pagos provisionales en el año fiscal.
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