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11 enero, 2024

SAT PONE FECHA LÍMITE PARA LA DECLARACIÓN POR LIQUIDACIÓN DE PERSONAS MORALES.

SAT PONE FECHA LÍMITE PARA LA DECLARACIÓN POR LIQUIDACIÓN DE PERSONAS MORALES.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recordado a las personas morales que operan bajo el Régimen General y que están en proceso de liquidación, que el plazo para presentar su declaración “Del Ejercicio por liquidación” del ejercicio fiscal 2023 o anteriores vence el 17 de enero de 2024.

El SAT ha detallado que, desde el 1 de enero de 2024, las personas morales pueden presentar todas las declaraciones que forman parte del proceso de liquidación, siguiendo este orden:

  • Declaración “Del ejercicio por terminación anticipada”: Presentada al entrar en periodo de liquidación y terminar anticipadamente el ejercicio fiscal.
  • Declaración “Del ejercicio por liquidación”: Debe presentarse al final de cada año calendario, a más tardar el 17 de enero del año siguiente.
  • Declaración “Última del ejercicio por liquidación”: Presentada dentro del mes siguiente a la fecha en que concluyan las actividades del contribuyente.

Las personas morales bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en periodo de liquidación a partir de 2022 pueden presentar sus declaraciones “Del ejercicio por liquidación” y “Última del ejercicio de liquidación”

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