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7 febrero, 2023

DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS, UN DERECHO QUE ES DE TODOS.

DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS, UN DERECHO QUE ES DE TODOS.

la devolución de impuestos es un derecho que permite al contribuyente recuperar cantidades a su favor, de gravámenes como el ISR, el IVA y el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IESPS), entre otros. Se trata de un mecanismo garantizado por la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, con el objetivo de devolver cantidades pagadas indebidamente al fisco, o bien, las cantidades que procedan conforme a las leyes fiscales.

En la crisis económica actual, la devolución de impuestos pasó de ser simplemente un derecho, a ser apreciada como una fuente de ingresos necesaria para las personas físicas y morales.

¿Quién puede solicitar una devolución?

Cualquier tipo de contribuyente -persona física o moral- puede obtener un saldo a favor tras haber presentado su declaración anual. No obstante, los impuestos aplicables, fechas y mecanismos son distintos.

Personas físicas:

Las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual son aquellas con actividad empresarial y servicios profesionales, los arrendatarios y los asalariados que durante el ejercicio fiscal del 2019 hayan reunido seis condiciones más que se explican en este artículo sobre tips para la declaración anual.

Ahora bien, las personas físicas pueden deducir:

  1. Gastos médicos.
  2. Gastos funerarios.
  3. Primas de seguros de gastos médicos.
  4. Transporte escolar.
  5. Aportaciones complementarias para el retiro.
  6. Cuentas personales de ahorro para el retiro.
  7. Intereses reales.

Personas morales:

Según consta en la página del SAT, las organizaciones disponen de un plazo de cinco años posteriores a la fecha en que hayan presentado su declaración anual de personas morales.

Como marcan el CFF y la Resolución Miscelánea Fiscal, las personas morales podrán solicitar devolución de los siguientes impuestos:

  1. ISR e IVA.
  2. Impuesto al Activo e Impuesto al Activo por Recuperar (IA e IMPAC).
  3. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
  4. Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
  5. Otras contribuciones que se hayan pagado indebidamente.
  6. Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la devolución de mis impuestos?

Si apenas te vienes enterando de que puedes hacer la solicitud de devolución de impuestos, probablemente todavía tienes oportunidad de solicitarlos, ya que se consideran “5 años contados a partir de la fecha en que se generó el saldo a favor o el pago de lo indebido, la devolución prescribe en los mismos términos y condiciones del crédito fiscal.”

¿En cuánto tiempo se resuelve la solicitud de mi devolución?

Siempre y cuando la solicitud sea aceptada, la devolución se efectúa en un plazo de 40 días siguientes a la fecha en la que presentaste el trámite ante la Secretaría de Administración Tributaria.

Ten presente que, como parte del proceso, se pueden pedir aclaraciones acerca de la devolución solicitada, por lo que es importante que consideres tener la documentación de forma ordenada y organizada en caso de que sea requerida.

En RCA estamos para ayudarte presentado las declaraciones y posterior con la devolución de impuestos, atajando en su caso todos los requerimientos solicitados por el SAT.

¡No lo dudes más! y contáctanos:

📞 Monterrey 81-12-89-56-89

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