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19 abril, 2022

PATRONES ESTÁN SOLICITANDO LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL A SUS TRABAJADORES

Las personas físicas asalariadas deben tramitar su constancia de situación fiscal ante el SAT.

El 1 de enero entró en vigor la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), pero su uso obligatorio iniciará el 1 de julio. Mientras tanto, los contribuyentes pueden seguir emitiendo el CFDI 3.3.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con el CFDI 4.0 se integró el complemento de nómina versión 1.2.

Como parte de la integración con el CFDI 4.0, se incorporan como requisitos obligatorios para la emisión del comprobante de nómina los siguientes datos: el RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal del receptor.

Por eso, derivado de los cambios al CFDI de nómina, las personas físicas asalariadas deben tramitar su constancia de situación fiscal ante el SAT, para que los patrones incluyan en el CFDI de nómina, el régimen tributario y el código postal de los trabajadores.

Lo anterior se hace para que los datos que incluyan los patrones sean los correctos. Porque si los datos no coinciden, los salarios que paguen las empresas no podrán ser deducibles.

El SAT inhabilitó la descarga de la constancia en SAT ID

La constancia de situación fiscal se podía descargar a través de la plataforma SAT ID. Pero la autoridad fiscal recientemente inhabilitó dicha opción.

Lo anterior se debe a que, durante el mes de abril, el SAT canalizará sus esfuerzos para la generación o renovación de la contraseña y con ella, las personas físicas puedan presentar su declaración anual y, a su vez, recibir su devolución con saldo a favor en caso que así sea.

elcontribuyente.mx

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