Los gastos de rehabilitación por Covid-19, así como la compra de un tanque de oxígeno, se pueden incluir en la declaración anual ante el fisco.
El Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) informó que es posible deducir en la declaración anual 2021 algunos gastos médicos para las personas que enfermaron de Covid-19 el año pasado.
Los gastos de rehabilitación por Covid-19, así como la compra de un tanque de oxígeno, se puede incluir en la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De acuerdo con Miguel Ángeles Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del CCPM, en el artículo 264 del Reglamento de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR) se establece que son deducibles los gastos estrictamente indispensables efectuados por compra o alquiler de aparatos para restablecimiento o rehabilitación del paciente.
“Este artículo trata de dar cierta claridad al respecto porque se infiere que esto ocurre cuando ya saliste del hospital y tuviste que comprar algunos aparatos para rehabilitarte como el tanque de oxígeno. También se incluyen medicinas, honorarios a enfermeras por análisis, estudios clínicos o prótesis” explicó el presidente de la CCPM.
Además, son deducibles los gastos hospitalarios efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus padres o hijos, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
Cabe destacar que estos gastos no serán deducibles si las facturas fueron pagadas en efectivo, dijo en entrevista el presidente del CCPM.
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