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23 agosto, 2021

La verificación de la “carta porte”

El SAT precisó cuáles serán las autoridades que podrán ayudar en la verificación de la “carta porte”.

 

El complemento “carta porte” sirve para brindar información y acreditar la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan en México.

 

¿Quiénes deben utilizar el complemento?

La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 establece que los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el traslado de dichas mercancías por distintos medios de transporte, con el archivo digital de un CFDI, o su representación impresa, al que se deberá incorporar el complemento “carta porte”. [Regla 2.7.1.9. de la RMF para 2021].

¿Qué autoridades verificarán la “carta porte”?

El SAT recientemente publicó la tercera versión de preguntas frecuentes relacionadas con el complemento “carta porte”.

 

A través de dichas preguntas, la autoridad fiscal precisó cuáles serán las autoridades que podrán auxiliar al SAT en la verificación del cumplimiento de la “carta porte”.

Al respecto, la autoridad fiscal indicó que esto lo podrá hacer cualquier autoridad que tenga competencia para realizar inspección y verificación a nivel federal por las vías generales de comunicación, como la Guardia Nacional, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, autoridades sanitarias entre otras. Respecto al SAT, se encuentra facultada para la inspección y verificación a nivel federal y local.

– Con información de Fiscalia.

https://www.fiscalia.com/publicaciones/16152

Puedes ver la tercera versión de preguntas y respuestas que publicó el SAT sobre el complemento “carta porte” aquí / Fecha de publicación: 17 de agosto de 2021.

 

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